lunes, 25 de agosto de 2025

🏠 Ley 32430: El “Arrendamiento Justo” y el cambio en el pago de impuestos por alquileres

  


    El 21 de de agosto del 2025 se publico la Ley N.° 32430, que modifica el artículo 57                del Decreto Legislativo 774 – Ley del Impuesto a la Renta, estableciendo una nueva                forma de imputar las rentas obtenidas por el arrendamiento de inmuebles.

📌 ¿Qué decía la norma antes?

Antes de esta modificación, la Ley del Impuesto a la Renta señalaba que las rentas de primera categoría (como los alquileres de inmuebles) se imputaban en el ejercicio gravable en el que se devengaban. 👉 Es decir, el arrendador debía pagar impuestos incluso si no había recibido aún el alquiler, bastaba con que existiera el derecho de cobro.

Este esquema generaba una situación injusta para muchos propietarios: tenían que tributar por ingresos que, en la práctica, nunca llegaban a percibir si el inquilino no pagaba.

📌 ¿Qué dice la norma ahora?

Con la entrada en vigor de la Ley 32430, el criterio cambia al principio de percibido, estableciendo que:

“Las rentas de primera categoría se imputan al ejercicio gravable en que sean percibidas.”

👉 En otras palabras, ahora el propietario solo pagará el impuesto cuando efectivamente cobre la renta del arrendamiento.

⚖️ El concepto de “Arrendamiento Justo”

Este cambio se ha denominado Arrendamiento Justo porque busca equilibrar las cargas entre arrendadores y el Estado.

  • Para los propietarios, significa justicia tributaria: no pagarán impuestos por ingresos que nunca llegaron a cobrar.
  • Para los inquilinos, fomenta la formalización de contratos y el cumplimiento de sus obligaciones.
  • Para el Estado, representa un ajuste que, aunque puede disminuir la recaudación inmediata, promueve la equidad y la confianza en el sistema tributario.

📊 Comparativo rápido

Contenido del artículo

💡 Reflexión final

La Ley 32430 corrige una situación que durante años fue motivo de queja entre arrendadores: pagar impuestos por ingresos que nunca se materializaban.

Ahora, con el principio de percibido, se garantiza que el impuesto se pague de manera justa, únicamente sobre ingresos realmente obtenidos.

El reto pendiente será acompañar esta medida con políticas que aseguren el cumplimiento de los inquilinos, para que la justicia tributaria vaya de la mano con la seguridad jurídica en los contratos de arrendamiento. Por otro lado es importante tenerlo en cuenta que esta nueva modificación entrara en vigencia a partir del 01/01/2026 mientras tanto el poder legislativo tiene 90 dias para adaptar el reglamento.

📢 ¿Qué opinas de este cambio? ¿Es un alivio para los propietarios o un retroceso para la recaudación del Estado?

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